lunes, 19 de noviembre de 2012

violencia de género


La expresión violencia de género tiene diversos significados en función de los diversos sentidos del vocablo género, barbarismo que proviene del término inglés "gender". Así, usando el término como sinónimo de sexo, violencia de género es una expresión que se emplea para referirse a un tipo de violencia física o psicológica ejercida contra cualquier persona sobre la base de su sexo o género que impacta de manera negativa su identidad y bienestar social, físico y psicológico. De acuerdo a Naciones Unidas, el término es utilizado «para distinguir la violencia común de aquella que se dirige a individuos o grupos sobre la base de su género», enfoque compartido por Human Rights Watch en diversos estudios realizados durante los últimos años. Esta definición considera que las víctimas de violencia son varones y mujeres, legislando de modo que que se incluya el enjuiciamiento de hombres y niños. A este respecto, el Manual de legislación sobre la violencia contra la mujer. ONU 2010 advierte
. Sin embargo, esa legislación puede ser objeto de manipulación por parte de quienes perpetran delitos de violencia. Por ejemplo, en algunos países se ha enjuiciado a las propias mujeres supervivientes de violencia por su incapacidad para proteger a sus hijos de la violencia. Asimismo, la legislación neutral con respecto a las cuestiones de género ha tendido a dar prioridad a la estabilidad de la familia por encima de los derechos de las personas demandantes/supervivientes (predominantemente mujeres) porque no refleja ni aborda específicamente la experiencia que las mujeres tienen de la violencia cometida contra ellas 
En el contexto de situaciones de emergencia humanitaria, se define la violencia de género como:
«Violencia de género es el término que engloba cualquier acto perjudicial perpetrado en contra de la voluntad de una persona y basado en las diferencias de atribución social (género) entre hombres y mujeres. Los actos de VG violan un determinado número de derechos humanos universales protegidos por las convenciones y los instrumentos internacionales. Muchas formas de violencia de género –si bien no todas– se consideran ilegales y actos criminales en las políticas y leyes nacionales».

Violencia de género también significa violencia "desde la perspectiva de género". Esta perspectiva se aprobó como estrategia para promover la igualdad entre mujeres y hombres por la Cuarta Conferencia sobre la Mujer celebrada en Beijing en 1995. La expresión violencia de género hace referencia a la violencia que se ejerce sobre la mujer por el hecho de su pertenencia al sexo femenino, definida según Declaración de la ONU  y analizada desde la perspectiva de género
La perspectiva de género es el proceso de evaluar las implicaciones para mujeres y hombres de cualquier actividad planificada, inclusive las leyes, políticas y programas, en todas las áreas ya todos los niveles, así como una estrategia para que las mujeres, así como de los hombres, sean un integrante dimensión del diseño, implementación, monitoreo y evaluación de políticas y programas en todas las esferas políticas, económicas y sociales para que las mujeres y los hombres se beneficien por igual y no se perpetúe la desigualdad.El objetivo final es lograr la igualdad de género ". (ECOSOC 1997/2)
En el informe del Secretario General en adelanto del período de sesiones en aplicación de los resultados de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer y del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General, titulado “La mujer en el año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y paz para el siglo XXI", se reconoce la importancia de la aclaración del concepto "violencia por motivos de género" que hizo la recomendación general No. 19 (1992) del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer:
violencia por motivos de género es una forma de discriminación en el sentido de la definición del artículo 1 de la Convención y que la discriminación contra la mujer es una de las causas principales de dicha violencia. Por otra parte, destaca que la violencia por motivos de género impide gravemente que la mujer goce de derechos y libertades en pie de igualdad con el hombre. La recomendación general N° 19 sitúa la violencia por motivos de género en el marco de los derechos humanos. Los Estados, los organismos del sistema de las Naciones Unidas, las organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil, así como los investigadores y las mujeres individualmente utilizan este marco para prevenir y combatir la violencia contra la mujer y para mejorar la rendición de cuentas. 
Ésta presenta distintas manifestaciones e incluye, de acuerdo al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, actos que causan sufrimiento o daño, amenazas, coerción u otra privación de libertades que se manifiestan en diversos ámbitos de la vida social y política, entre los que se encuentran la propia familia, la escuela, la la iglesia (o lugar de cultuo), entre otras.
Este tipo de violencia presenta diversas características diferentes a otros tipos de violencia interpersonal, y normalmente se la asocia a la violencia contra la mujer; sin embargo, debido a la amplitud que abarcan las distintas formas de violencia y a que no todos los estudios relaciones entre personas diferente sexo o género, no toda la violencia contra la mujer puede identificarse como violencia de género, ya que el término hace referencia a aquel tipo de violencia que tiene sus raíces en las relaciones de género dominantes existentes en una sociedad, por lo que es habitual que exista cierta confusión al respecto y por ende, existe cierta falta de consenso.
Por otra parte, algunos autores la equiparan violencia de género con la violencia de pareja, término que es más acotado a la violencia de género: este último «es un problema muy amplio y que no solo abarca las relaciones de pareja», y tal equivalencia de estos conceptos traería consecuencias negativas para las mujeres que requieren recursos institucionales de apoyo.
Además, también tiende a confundirse con la violencia doméstica, término más restringido que, aunque está íntimamente relacionado, incluye la violencia «en el terreno de la convivencia familiar o asimilada, por parte de uno de los miembros contra otros, contra alguno de los demás o contra todos ellos», y donde se incluyen además de las mujeres, a niños, ancianos e inclusive varones. Para algunos juristas ambos términos son «confusamente utilizados en gran parte de los estudios jurídicos e incluso de las leyes o normas que se han encargado de su regulación».  Algunos investigaciones utilizan «violencia de género en el espacio familiar» con el fin de diferenciarla.

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